Calendario Laboral do ano ====
CALENDARIO LABORAL DE 0000000:
Primero.- Se declaran inhábiles a efectos laborales, retribuídos y no recuperables, los siguientes días festivos:
1 de enero |
Año Nuevo |
6 de enero |
Epifanía del Señor |
13 de abril |
Jueves Santo |
14 de abril |
Viernes Santo |
1 de mayo |
Fiesta del Trabajo |
17 de mayo |
Día de las Letras Gallegas |
25 de julio |
Día del Apóstol y Día de Galicia |
15 de agosto |
Asunción de la Virgen |
12 de octubre |
Día de la Hispanidad |
1 de noviembre |
Todos los Santos |
6 de diciembre |
Día de la Constitución |
8 de diciembre |
Inmaculada Concepción |
25 de diciembre |
Natividad del Señor |
Segundo.- Fiestas laborales de carácter local. Son también inhábiles para el trabajo, retribuídas y no recuperables, en el ámbito de los respectivos ayuntamientos, las siguientes fiestas locales:
| 000 de febrero | Martes de Carnaval |
| 000 de Agosto | San Bartolo |
